Publicado por cedec el 15-01-2015

Las novedades en la tributación de los dividendos que introduce la reforma fiscal

Las leyes fiscales pueden afectar y mucho el desarrollo de una empresa y la liquidez con la que cuentan los autónomos mes a mes. Estar al día en los cambios para saber qué esperar en cada momento es clave para no encontrarse con sorpresas desagradables que interrumpan nuestros planes de negocio.

Este año 2015 se estrena con una reforma fiscal que, entre otras cosas, introduce cambios en la fiscalidad de los cobros de dividendos, por lo que en CEDEC nos ha parecido muy interesante hacernos eco de esta noticia aparecida en Cinco Días, en la que se resumen las novedades que se deben tener en cuenta.

El cambio más importante que introduce la reforma fiscal en este sentido es el de la desaparición de la exención con la que contaban los primeros 1.500 euros que se cobraban gracias a los dividendos. El texto recoge que ha habido muchas voces críticas contra esta eliminación, ya que hace que invertir en empresas con una elevada rentabilidad por dividendo sea menos atractivo; pero también recuerda que esta eliminación se compensa de alguna forma con la rebaja de los tipos en los distintos tramos que también introduce la reforma.

Así, el dinero que se gana a través del cobro de dividendos tributa como rentas del ahorro, y su tipo se reducirá en los próximos dos años. Los ingresos por dividendos hasta 6.000 euros, por ejemplo, pasarán de tributar al 21% a tributar al 20% este año y al 19% en 2016.

El siguiente tramo, el de dividendos entre 6.000 y 24.000 euros, pasará del 25% que tenía hasta ahora a un 22% este año  y al 21% en 2016. Para el tramo de entre 24.000 y 50.000 euros, que estaban en el 27%, se pasa al 22% en este ejercicio y al 21% en el del año que viene. En el caso de los dividendos cobrados de una cantidad superior a los 50.000 euros, que estaban también al 27%, pasarán al 24% este año y al 23% el año próximo.

La otra novedad importante de la reforma fiscal tiene que ver con los derechos de suscripción preferente (scrip dividend). Hasta ahora, vender esos derechos en el mercado, una de las alternativas de cobro de dividendo, tributaba como ganancia patrimonial. A partir de 2017, no obstante, pasarán a tener el mismo tratamiento fiscal que el de los dividendos, es decir, rendimientos de capital.

En CEDEC, Centro Europeo de Evolución Económica, creemos que estos cambios pueden afectar mucho a las pymes en su búsqueda de inversores. Saber cómo impactará la reforma fiscal no solo de forma directa, sino también en aspectos como este, es clave para planificar los próximos años de forma más realista, facilitando la llegada a la Excelencia Empresarial.

 Imagen Los mercados financieros

3 Comentarios

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Sergio 16/01/2015

Reducir impuestos en momentos de escasa liquidez es una medida necesaria para inyectar optimismo y liquidez real a la economia. Ahora bien, con el deficit acumulado que tenemos no tengo claro que estos cambios sean convenientes

Jorge 16/04/2015

Buenos días, Me surge una duda referida a si se siguen manteniendo los tramos en 2015, es decir, si yo recibiese en concepto de dividendos 60.000 euros ¿Tributarían los 60.000 euros al 24% o los primeros 6000 al 20%, entre 6000 y 24000 al 22%, entre 24000 y 50000 al 22% y los 10000 euros restantes al 24%?

CEDEC 24/04/2015

Buenos días Jorge, Se mantienen los tramos que resultan ser idénticos a los existentes anteriormente, aunque no los porcentajes aplicables. Para mayor claridad le adjunto un cuadro de tramos y porcentajes por años, publicado por Financial Red. http://financialred.com/wp-content/uploads/2014/06/comparativa-de-la-fiscalidad-del-ahorro-entre-2011-y-2015.jpg

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