Trámites imprescindibles para crear una Sociedad Limitada
Cuando uno decide montar un negocio, existen multitud de formas jurídicas a las que acogerse, pero lo cierto es que la Sociedad Limitada (S.L.) es la más recomendable en la mayoría de las situaciones, y por lo tanto, también la más común con diferencia. Para crearla desde cero, es necesario cumplir con una serie de trámites imprescindibles que dotarán de entidad real a esa empresa incipiente.
En CEDEC sabemos que dar los primeros pasos en el mundo empresarial no siempre es fácil, y que muchos emprendedores pueden verse desbordados durante las primeras semanas por la burocracia necesaria para constituir su compañía. Por eso compartimos este artículo de Cepyme News donde se detallan de forma pormenorizada todas las gestiones necesarias para crear una sociedad limitada.
1. Acudir al Registro Mercantil
Lo primero que hay que hacer para crear una sociedad es ir al Registro Mercantil para solicitar el registro del nombre de la empresa (que debe ser único y no coincidir con el de ninguna otra). Como esto no siempre es posible con la primera propuesta, en la solicitud se deben incluir 3 alternativas de nombres. Una vez que uno de ellos es concedido, se otorga una validez de 3 meses para registrarlo ante notario.
2. Ingresar el capital inicial
Con el certificado del nombre, ya se puede ir al banco a abrir una cuenta bancaria de la empresa, donde se debe ingresar, como mínimo, el capital inicial estipulado para abrir una sociedad limitada (3000,06 euros).
3. Redactar las normas de la empresa
Antes de realizar la escritura pública es obligatorio redactar los estatutos sociales, algo que se suele encargar a una notaría o a un abogado, y donde hay que incluir la denominación de la sociedad, su domicilio, duración, objeto social, capital, restricciones para la utilización de las participaciones, título de propiedad de las mismas, reglas sobre su transmisión, contenido del Libro del Registro de Socios, características de la Junta General y de los órganos de administración, explicación sobre las cuentas anuales y sobre las formas de liquidar la sociedad.
4. Realizar la escritura pública
Cuando ya se tiene el certificado de nombre del Registro Mercantil, el certificado del banco y los estatutos sociales, ya se puede acudir a un notario para realizar la escritura pública de la sociedad limitada, cuyo coste asciende uno 500 euros aproximadamente.
5. Cumplimentar los trámites de Hacienda
Después se debe ir a Hacienda a pedir el número de identificación fiscal provisional, darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (aunque todas las empresas cuya cifra de negocio es inferior al millón de euros están exentas de su pago) y presentar la declaración de IVA o censal.
6. Inscribirse en el Registro Mercantil
Con la escritura pública de la empresa y el certificado negativo de denominación social (que ya se había obtenido en el Registro Mercantil) hay que volver a esta institución administrativa, siempre en la misma provincia que el domicilio fiscal de la empresa, para realizar la inscripción definitiva.
7. Conseguir el NIF definitivo
Y por último, hay que volver también a Hacienda para canjear la tarjeta de NIF provisional por la definitiva.
En CEDEC, Centro Europeo de Evolución Económica, creemos que es esencial prestar mucha atención al realizar todos los trámites para crear una sociedad limitada (o cualquier otro tipo de empresa) para no alargar innecesariamente un proceso que ya suele ser más lento de lo que uno desearía, y asegurarse además de que se empieza con buen pie y toda la documentación en regla para ya centrarnos en lo realmente importante, poner en marcha y gestionar nuestro nuevo negocio.
Imagen Chamber of commerce
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