La reforma del Código Mercantil dobla el capital mínimo necesario para crear una sociedad anónima
Las leyes y normas que marcan las pautas de juego en las que se pueden mover las empresas son muy importantes para poder fijar un marco común, pero es también clave que esas normas evolucionen y se adapten a los nuevos tiempos.
El
Código Mercantil es un texto que necesitaba una reforma, ya que fue creado en
1885, por eso en
CEDEC nos ha parecido muy importante
esta noticia aparecida en Cinco Días.
El medio resume en su texto los cambios principales de
la reforma del Código Mercantil que el
Consejo de Ministros aprobó a finales del mes de mayo. La idea del Gobierno era actualizar el texto para poder hacer efectiva la
unidad de mercado y otorgar más
seguridad jurídica a las actividades comerciales.
Una de las modificaciones principales que se incluyen en el nuevo
Código Mercantil es la del aumento del
capital mínimo necesario para poder constituir una
sociedad anónima. Este pasa de los 60.000 euros a
120.000, el doble. Las
sociedades limitadas, por su parte, continuarán con su capital mínimo de 3.000 euros.
Según recoge Cinco Días, el nuevo texto que contiene
más de 1.700 artículos, sustituye algunas normas por completo y hace que diez desaparezcan. Entre las que han sido sustituidas están la
Ley de Competencia desleal o la del intercambio del cheque. Se incorpora además la factura
aceptada como nueva figura a los medios de pago.
El nuevo código regulará todas las actividades calificadas de mercantiles y todas las que tengan lugar en el mercado. Los negocios de
transmisión de la empresa, el
registro mercantil, y figuras aparecidas con las nuevas tecnologías, como la
contratación electrónica basada en la libertad de pago o buena fe, también serán reguladas por la nueva normativa.
El
Código Mercantil regulará también la contratación en pública subasta o la compra en máquinas automáticas, controlando la recuperación del importe que se ha introducido si la tecnología falla. La compra-venta de inmuebles también está incluida.
Según explicó el ministro de Justicia,
Alberto Ruiz-Gallardón, la normativa incluye por primera vez varios tipos de nuevos contratos: el
contrato de hora por empresa, y los contratos de
prestación de servicios mercantiles, los publicitarios o el estimatorio.
La norma incorpora también el
anteproyecto de Ley de Sociedades de capital para que se mejore el gobierno corporativo, así como medidas urgentes de refinanciación y reestructuración de la deuda. Se regula también el
derecho de la competencia, las modalidades de propiedad industrial, los contratos financieros, de préstamo, el leasing y los contratos de cuenta corriente.
En
CEDEC, Centro Europeo de Evolución Económica, creemos que la actualización de la normativa permitirá a las empresas operar con mayor rapidez y eficiencia, así como con más seguridad de estar haciendo las cosas bien. Con unas normas que se adecúan más a la realidad de las empresas, alcanzar las más altas cotas de
Excelencia Empresarial será mucho más fácil.
Imagen Droit-finances
1 Comentarios
sergio 22/08/2014