Los errores irrelevantes no deben impedir la inscripción en el Registro Mercantil
La Dirección General de Registros y del Notariado ha resuelto que
los errores irrelevantes no deben impedir la inscripción de la escritura en el Registro Mercantil.
Accedemos a esta noticia a través de la web
pymesyautonomos, donde nos detallan el caso que originó esta resolución: una confusión entre “administrador solidario” y “administrador único” en algunas partes del texto que no afectaban a la legitimidad del mismo.
Desde el
Centro Europeo de Evolución Económica creemos que dicha resolución son un avance para agilizar las tareas administrativas, siempre y cuando estos errores irrelevantes no afecten en modo alguno a la legalidad del documento.
La resolución indica que este tipo de detalles irrelevantes o errores ortográficos no deben motivar la suspensión de la inscripción. Siendo incluso conveniente que sea el propio notario autorizante la persona encargada de subsanar dicho error.
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